
San José de la Vega: bloqueado por preguntar en el Facebook del alcalde pedáneo
El Facebook de Aráez García decide quién merece enterarse de lo que pasa en San José
En San José de la Vega, cualquier vecino que quiera saber qué obras se van a realizar, cuándo se celebra un pleno o qué decisiones adopta su Junta Municipal tiene que acudir a la cuenta personal de Facebook del presidente de la Junta Municipal de la pedanía, Antonio José Aráez García. En Torreagüera ocurre exactamente lo mismo con la alcaldesa pedánea, Silvia Almarcha. Pero si alguien replica, critica o simplemente pregunta con insistencia, corre el riesgo de acabar bloqueado y quedarse sin acceso a esa información.
No existe una ley que prohíba expresamente utilizar una cuenta personal para difundir asuntos públicos. Sin embargo, las administraciones locales sí tienen obligaciones al respecto de la comunicación pública. La Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, en su artículo 70 bis, obliga a las entidades locales a impulsar el uso de las tecnologías de la información y de las redes sociales para facilitar la comunicación y la participación vecinal. La Ley de Transparencia y la normativa murciana sobre comunicación institucional refuerzan esa misma idea: la información pública debe difundirse de forma objetiva, sin barreras arbitrarias y sin confundir lo institucional con lo personal.
Las pedanías, aunque carecen de personalidad jurídica propia, gestionan asuntos muy próximos a la vida cotidiana —obras, servicios o eventos— y están obligadas a rendir cuentas ante sus vecinos. El Defensor del Pueblo ha resuelto varios casos similares, también en la Región de Murcia, y ha sido claro al respecto: cuando un perfil se utiliza de facto como canal oficial, no pueden aplicarse bloqueos selectivos por el simple hecho de que alguien exprese opiniones discrepantes. Además, recomienda aprobar normas de uso con criterios proporcionales y establecer un mínimo procedimiento antes de excluir a cualquier usuario.
La utilización exclusiva de cuentas personales genera, además, una evidente confusión. No siempre resulta fácil distinguir qué publicaciones se realizan en nombre de la pedanía y cuáles responden a opiniones particulares o posicionamientos partidistas del alcalde o alcaldesa pedánea. Y, sobre todo, convierte un canal de información colectiva en una herramienta que depende exclusivamente de la voluntad y la tolerancia de una sola persona.
Sin embargo, otras pedanías del municipio de Murcia, como Beniaján, han optado por un modelo diferente. Mantienen perfiles institucionales separados, abiertos a cualquier persona interesada en seguir la actualidad local, sin filtros en función de afinidades personales o políticas. Esto demuestra que separar lo personal de lo institucional no requiere grandes recursos, sino simplemente voluntad.
Mientras esta situación no cambie, los vecinos que se consideren perjudicados por un bloqueo pueden presentar una reclamación ante el Defensor del Pueblo o dirigirse al propio Ayuntamiento de Murcia. La solución, en cualquier caso, es sencilla: crear perfiles institucionales para cada Junta Municipal, publicar unas normas básicas de uso y reservar las cuentas personales para aquello que realmente pertenece al ámbito privado.
En pedanías pequeñas, donde las decisiones locales afectan de forma directa al día a día de los vecinos, la información no puede convertirse en un privilegio que se concede o se retira según el criterio personal de quien gobierna. Debe ser, simplemente, el cumplimiento de un derecho que forma parte de los principios básicos de una administración democrática y transparente.



