Polémica en Beniaján: ¿dónde fue el dinero de calles y colegios?
Un pleno que desborda la discusión política
«Pero la bala que se disparó con efecto retardado, y que al parecer tiene en pie de guerra a una parte de la sociedad beniajanense, vino al calor de las explicaciones de por qué no se había gastado el monto destinado tanto al arreglo de calles como la de colegios».
El pleno ordinario del pasado 27 de enero, como venimos detallando desde Beniaján al Día, está suscitando entre los vecinos de la pedanía una ola de indignación que va más allá de la mera discusión política.
Las reacciones a la puesta en escena y a las manifestaciones vertidas durante su desarrollo están amplificando un malestar en el seno de la sociedad beniajanense, que tiene su punto de partida en un asunto que, por norma general, no suele ser objeto de atención pública.
Nadie podía esperar que la dación de cuentas sobre cuatro facturas fuera a convertirse en tema de controversia y enfado. Pero la realidad es que, cuanto más se examina este asunto —del que hemos dado cuenta en esta noticia titulada «El PSOE pide un informe jurídico sobre cuatro facturas en el Pleno de Beniaján», que pueden leer aquí—, más polvareda levanta, hasta el punto de que podemos afirmar que presumiblemente terminará siendo objeto de arbitraje judicial, de lo que daremos toda la información a su debido tiempo.
Y no solo eso, sino que, en el plano ético, podemos decir que la información desvelada en el pleno respecto a estas cuatro facturas está sacudiendo ciertos ámbitos y colectivos sociales.
Las facturas y la transferencia de crédito
Como se puede apreciar en el vídeo que se adjunta en esta noticia, gracias a la fiscalización minuciosa del PSOE beniajanense hemos sabido, por boca de su portavoz, Matías Miguel Romero, que para cubrir ciertas cantidades abonadas en dichas cuatro facturas el presidente de la Junta Municipal, Francisco Nicolás, ha tenido que recurrir, por un lado, a partidas presupuestarias destinadas al mantenimiento y pequeñas reparaciones en la vía pública y, por otro, a la partida destinada a las reparaciones menores en los colegios públicos de la pedanía.
Esta circunstancia, en sí misma, no es objeto de reproche legal alguno, en tanto que la ley prevé que pueda realizarse la transferencia de crédito de unas partidas a otras. Pero lo que está siendo objeto de un intenso malestar son los argumentos que se han esgrimido para justificar dicha transferencia de crédito.
Mientras Matías Miguel Romero pedía información al secretario de la Junta Municipal al respecto, detallando cifras y datos concretos con el fin de esclarecer si realmente todo o parte de esas cuatro facturas habían sido abonadas a cuenta de las partidas presupuestarias anteriormente mencionadas —de las que, siempre según la versión de Matías, no se habían ejecutado en su totalidad, quedando de hecho por ejecutar alrededor del 50 % de cada una de ellas—, el señor Francisco Nicolás entraba al debate acusando al portavoz socialista de hacer insinuaciones que no estaba dispuesto a consentir, infiriendo de las palabras de Matías Miguel Romero que estaba acusando al propio alcalde pedáneo de no haber gastado las partidas presupuestarias en lo que correspondía para poder gastar el dinero en otras cosas.
Lo llamativo es que, a preguntas del propio portavoz socialista, el señor secretario afirmó ante los presentes que, efectivamente, se había usado dinero de las partidas para reparaciones de calles y de colegios para pagar al menos una parte de las cuatro facturas objeto de este terremoto político.
El origen del conflicto: calles y colegios
Hasta aquí, nada podría destacarse más allá del tira y afloja político y de ciertos reproches personales, lógicos en cualquier debate político. Pero la bala que se disparó con efecto retardado, y que al parecer tiene en pie de guerra a una parte de la sociedad beniajanense, vino al calor de las explicaciones de por qué no se había gastado el monto destinado tanto al arreglo de calles como la de colegios.
El señor alcalde —y en el vídeo donde se recoge toda la secuencia se aprecia sin género de dudas— argumentó, por un lado, es decir, en lo tocante a los arreglos de baches, aceras, etc., que la culpa recaía en la empresa con la que el Ayuntamiento de Murcia tenía un contrato de licitación para prestar dicho servicio. Según Francisco Nicolás, la empresa en cuestión, Francisco Romero, por causas derivadas de problemas internos dejó de prestar el servicio que le correspondía en el mes de mayo de 2025, manteniendo su ausencia hasta octubre, por lo que no se pudo ejecutar el total de lo presupuestado, llegando a afirmar que desde el Ayuntamiento intentaron rescindir el contrato, pero que, al tenerlo licitado, no pudieron hacerlo.
En lo que respecta a la partida de gasto para el mantenimiento de los colegios —y este punto es el que trae ahora de cabeza a quienes no dan crédito a lo que el señor alcalde ha argumentado—, Francisco Nicolás manifestó, como se puede comprobar en el vídeo, que se había hecho todo lo que se había pedido, que se había gastado todo lo que se tenía que gastar, que incluso se había tenido más dinero del necesario y que el resto lo habían devuelto. Y, por si quedaba alguna duda, apostilló que «no hay ni un solo colegio, ni uno solo, que diga “esto no se ha hecho”».
El malestar en la comunidad educativa
Estas aseveraciones categóricas del señor presidente de la Junta Municipal son la madre del cordero, en tanto que han ido de boca en boca hasta llegar a oídos de personas relacionadas directamente con los centros escolares, levantando muchas ampollas.
Cabe recordar que el portavoz socialista le manifestó al señor alcalde pedáneo que tenía constancia de quejas relacionadas precisamente con la inacción de los responsables de solucionar los problemas en los centros escolares, toda vez que se les había comunicado la necesidad de acometer trabajos de reparación y mejora, siempre según su versión.
Ante estos acontecimientos, y sin pronunciarnos sobre si lo que dice el señor presidente de la Junta Municipal es cierto o no, lo que podemos asegurar es que sus palabras han caído muy mal y que tiene un frente abierto con el que tendrá que lidiar en las próximas horas.
El argumento legal bajo la lupa
Pero, más allá de esta cuestión, hay otra que a nosotros no nos ha pasado desapercibida, y es la excusa que Francisco Nicolás esgrime para justificar que no se haya ejecutado todo el gasto presupuestado en las reparaciones de la vía pública. Hemos realizado un trabajo de investigación y consulta, y nos hemos encontrado con argumentos que arrojan luz y tal vez desmientan al señor Francisco Nicolás.
Esta investigación nos ha llevado directamente a la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP), y las conclusiones que arroja la normativa vigente dejan en una posición muy comprometida la solvencia de los argumentos del señor alcalde. Sostener, como hizo ante el pleno, que el Ayuntamiento de Murcia se encontraba «imposibilitado» para rescindir un contrato porque este estaba «licitado» carece de cualquier sustento jurídico en nuestro ordenamiento administrativo.
De hecho, la propia naturaleza de la contratación pública en España dota a la Administración de lo que se conocen como «prerrogativas de interpretación y resolución». Esto significa que el Ayuntamiento no es un cliente indefenso, sino una autoridad que tiene no solo la potestad, sino la obligación de velar por el interés general cuando una empresa privada incumple sus compromisos.
Según se desprende del articulado de la citada ley, existen mecanismos suficientes que el señor alcalde parece haber omitido en su relato, tal vez por desconocimiento de la norma. El artículo 211 de la LCSP es taxativo al respecto: el incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales por parte del contratista es causa inmediata de resolución del contrato. Si, como afirmó Nicolás, la empresa dejó de prestar el servicio desde mayo hasta octubre por «problemas internos», estaríamos ante un abandono de obra o una demora injustificada que habilita al Ayuntamiento para iniciar un expediente de rescisión de forma unilateral.
Más aún, el artículo 192 de la misma norma permite a la Administración imponer penalidades diarias a la empresa que se retrase en la ejecución de los trabajos. Por tanto, el argumento de que «no se podía rescindir por estar licitado» es una falacia técnica. Precisamente es el contrato nacido de esa licitación el que establece las reglas del juego: si la empresa no aparece, el Ayuntamiento tiene la herramienta de la resolución por incumplimiento culpable, que conlleva además la incautación de la garantía o fianza —ese 5 % del presupuesto que las empresas deben depositar— para cubrir los daños y perjuicios causados a la pedanía.
La pregunta que queda en el aire
Llegados a este punto, la pregunta que queda flotando en el aire es la siguiente: si el Ayuntamiento disponía de estas armas legales para obligar a la empresa Francisco Romero a cumplir o, en su defecto, para apartarla y contratar a otra por vía de urgencia, ¿por qué se permitió que los baches y desperfectos de nuestras calles quedaran sin atender durante cinco meses?
La justificación de la «imposibilidad legal» se desvanece ante una lectura somera de la ley, dejando paso a la realidad: o bien existió un posible desconocimiento de las herramientas de gestión municipal, o bien presuntamente se ha preferido usar la inactividad de la empresa como una coartada conveniente para justificar que las cosas no se han hecho correctamente.
Si alguien tiene información adicional, conoce algún detalle relevante o quiere aportar su visión sobre este asunto, puede escribirnos a contacto@beniajanaldia.com
Estaremos encantados de recibir cualquier comentario que ayude a arrojar más luz sobre este tema.