Beniaján: la Selva del Patinete Eléctrico
Patinetes eléctricos con pasajero, por aceras y en dirección prohibida. La Ordenanza de Movilidad de Murcia no frena el descontrol en Beniaján
Aunque parezca mentira a tenor del caos circulatorio que se vive a diario en Beniaján con los patinetes eléctricos, sí existen sendas normativas que regulan de manera estricta el uso y la circulación de estos vehículos en la vía pública. Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) están sujetos a una regulación dual: una general de la Dirección General de Tráfico (DGT), aplicable a todo el territorio nacional, y otra más específica, detallada en la Ordenanza Municipal de Movilidad del Ayuntamiento de Murcia. Esta última, aprobada definitivamente en marzo de 2024 y en vigor desde el pasado mayo, fue anunciada oficialmente para poner fin a la anarquía que imperaba en el uso de estos vehículos.
Sin embargo, pese a las normativas existentes tanto de la Dirección General de Tráfico como del propio Ayuntamiento de Murcia, la realidad en Beniaján es otra: estas reglas parecen ser, para la mayoría de los usuarios, papel mojado. Las imágenes de patinetes con pasajero, circulando a gran velocidad por las aceras y en dirección prohibida, confirman el descontrol. Para comprender la magnitud de la impunidad y del riesgo, a continuación, revisamos cuáles son las normativas que se están ignorando en la pedanía.
La normativa general de tráfico: las reglas de oro de la DGT
La base legal para cualquier VMP que circule en Beniaján o en cualquier rincón de España reside en la regulación de la DGT. Esta normativa establece los requisitos mínimos de seguridad y circulación para todos los patinetes eléctricos. La DGT ha sido clara en sus campañas de concienciación, recordando que la Ley de Seguridad Vial es innegociable y aplica a todos por igual, independientemente de las normas municipales:
- Edad Mínima y Casco: Aunque las ordenanzas municipales pueden modularlo, la DGT establece que la edad mínima recomendada para circular es de 16 años. Además, el uso de casco es obligatorio para menores de 16 años en todo el territorio nacional.
- Velocidad de Diseño: Todos los patinetes deben estar limitados a una velocidad máxima de 25 km/h.
- Prohibición de Aceras y Vías Prohibidas: La DGT es tajante: prohibida la circulación por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía y vías interurbanas. Para reforzar esto, la DGT ha introducido la nueva señal R-118, que prohíbe el acceso de VMP a zonas específicas donde su presencia es peligrosa o inadecuada.
- Uso Individual: El patinete es un vehículo de uso individual. Prohibido llevar pasajero, una infracción que acarrea una multa.
- Alcohol y Drogas: Los conductores están obligados a someterse a pruebas, con multas que van de 500 € a 1.000 € en caso de positivo o negativa.
- Distracciones y Equipamiento: Prohibido usar auriculares y el teléfono móvil durante la conducción. Es obligatorio que el patinete disponga de sistema de frenado, timbre y luces/reflectantes.
A pesar de que estas normas de la Dirección General de Tráfico son de obligado cumplimiento en todo el territorio nacional, la propia Ley de Seguridad Vial otorga cierta flexibilidad y potestad a los Ayuntamientos para establecer sus propias normas complementarias. De este modo, los consistorios pueden adaptar requisitos como la edad mínima de conducción, las zonas específicas de circulación o el uso del casco, siempre y cuando estas regulaciones no contravengan la normativa estatal. Es precisamente en esta potestad donde la Ordenanza Municipal de Movilidad de Murcia establece sus condiciones específicas, añadiendo nuevas exigencias a los usuarios de VMP.
Las reglas propias de Murcia: un paso más allá
La Ordenanza Municipal de Movilidad de Murcia, aprobada en marzo de 2024, no solo asume las prohibiciones de la DGT (como la prohibición total de aceras y el límite de 25 km/h), sino que introduce sus propias restricciones y especificaciones, que son las que se están incumpliendo masivamente en Beniaján:
- Prohibición de Vías Específicas por Señalización: El Ayuntamiento se reserva la potestad de prohibir expresamente la circulación de VMP en determinadas calles, plazas o tramos concretos a través de la señalización vertical (como la señal DGT R-118 que prohíbe el acceso de patinetes). Esta medida permite a la Policía Local restringir el tráfico de VMP en zonas de especial riesgo o alta densidad peatonal.
- Edad Mínima Reducida (pero Regulada): Aunque la DGT remite la edad a los municipios, la ordenanza de Murcia establece la edad mínima para circular de forma independiente en 15 años (frente a los 16 años recomendados como base por Tráfico). Además, los menores de 15 años solo pueden usar patinete acompañados por un adulto y en zonas cerradas al tráfico.
- Restricción de Velocidad en Carriles Bici: La velocidad máxima de 25 km/h se mantiene, pero en los carriles bici segregados que discurren por las aceras, la velocidad queda limitada a solo 10 km/h, priorizando la seguridad del peatón.
- Infracción Muy Grave en Aceras: La ordenanza endurece las sanciones para la circulación en zonas peatonales. Circular por las aceras no es solo una infracción Grave (como puede ser en otros municipios), sino una infracción Muy Grave en Murcia.
- Seguro de Responsabilidad Civil: La normativa municipal recomienda fuertemente a los usuarios de VMP la contratación de un seguro que cubra posibles daños a terceros, sugiriendo una cobertura mínima de 150.000 € para responsabilidad civil. Este punto va más allá de la exigencia nacional.
- Estacionamiento: Solo está permitido estacionar en los espacios habilitados para VMP o bicicletas. Prohibido dejarlos tirados o en zonas que obstaculicen el paso de peatones.
La puesta en marcha de esta ordenanza no se ha limitado únicamente a la publicación de textos legales y a la colocación de nuevas señales. Consciente de que la nueva normativa es reciente y de la falta de costumbre en el uso seguro de los VMP, el Ayuntamiento de Murcia ha destinado recursos para combatir la ignorancia de la ley con educación vial.
No obstante, pese al cuerpo legal que sustenta la DGT y el Ayuntamiento de Murcia, y pese al esfuerzo puesto en la educación vial, en Beniaján parece que la ley se toma a cachondeo. En nuestra pedanía, todas estas normativas no rigen. Las calles, las aceras y las plazas de nuestro pueblo se han convertido en la ley de la selva, donde la impunidad es la norma. Resulta cotidiano presenciar cómo menores de 15 años circulan libremente sin casco —obligatorio para ellos—, a usuarios de estos vehículos llevando a pasajeros a bordo y circulando a velocidades que invitan a pensar que sus VMP han sido modificados para alcanzar mayor velocidad. Pero el riesgo se dispara al comprobar cómo circulan por encima de las aceras y en dirección prohibida, ignorando las más mínimas normas de circulación.
Sanciones de hasta 1.000 € y riesgo de muerte: el alto precio de la infracción que en Beniaján parece que a nadie le preocupa
Cabe recordar en este sentido, que el cuerpo de estas normas de tráfico no solo se limita a indicar lo que se debe hacer, sino que también establece las sanciones correspondientes para castigar a quienes ignoran las reglas de seguridad. Estas multas son la herramienta que la Policía Local tiene a su disposición para poner fin al caos de Beniaján. Sin embargo, en la pedanía parece que a nadie le preocupa el alto precio de la infracción, ni en lo económico ni en el riesgo vital.
Multas ejemplares del régimen sancionador
- Infracción Muy Grave: Circular por aceras, zonas peatonales o negarse a la prueba de drogas/alcohol. La sanción mínima en Murcia es de 201 €, pudiendo alcanzar los 500 € (y 1.000 € si es por alcoholemia DGT).
- Infracción Grave: No usar casco siendo menor de 16 años, circular sin luces o usar el móvil/auriculares. La multa es de 200 €.
- Infracción Leve: Llevar pasajero (algo habitual en Beniaján) o estacionar de forma indebida. Multa de 100 €.
Pero el régimen sancionador no solo persigue el incumplimiento con multas económicas; su objetivo primordial es proteger la integridad física y la vida tanto de los propios usuarios de patinetes —que se exponen a caídas, colisiones y traumatismos— como de los viandantes y peatones de Beniaján. La DGT ha sido clara en sus campañas: si no estás en lo que estás, pasa lo que pasa. Las distracciones, el uso del móvil o los auriculares (prohibidos) son factores clave en el aumento de la siniestralidad. Las cifras nacionales de fallecidos usuarios de VMP (13 en 2024, 2 hasta octubre de 2025) confirman que el riesgo no es solo teórico.
A pesar de todas estas normas y a pesar de los peligros que encierra no cumplirlas, ¿por qué se permite esta situación a diario en Beniaján? Esta es la pregunta que se hacen los vecinos, cuya queja por la impunidad de los conductores de patinetes eléctricos va en aumento. El problema no reside en la falta de ley, como hemos visto, sino en la ausencia de vigilancia que permita que estas normas, con sanciones de hasta 1.000 €, se cumplan. Es la inacción policial lo que convierte las calles de Beniaján en la ley de la selva y lo que hace que los usuarios de estos vehículos sigan poniendo en riesgo su integridad física y la de los peatones. La responsabilidad de la inacción recae directamente sobre los responsables políticos del Ayuntamiento de Murcia, que son los únicos que deben dar las órdenes precisas a la Policía Local para que actúe. La impunidad solo cesará cuando la vigilancia y la aplicación de las normas sea una realidad. De lo contrario, la propia Ordenanza Municipal se convertirá en papel mojado.
Los patinetes del menudeo: la doble labor de la Policía Local
Y por si no fuera poco, en Beniaján el desafío de la Policía Local no solo es vial. En la pedanía se da una preocupante paradoja: los pequeños traficantes dedicados al menudeo han escogido el patinete eléctrico como su vehículo ideal para la distribución. La agilidad del VMP, que les permite evadir controles policiales, acceder a callejones estrechos y moverse rápidamente entre puntos del pueblo, lo ha convertido en la herramienta logística preferida para la entrega de droga a los consumidores. Esta realidad implica que la labor de la Policía Local debe ser doblemente rigurosa: no solo deben velar porque se cumplan las normas de tráfico (edad, casco, velocidad), sino que la vigilancia de los VMP se convierte en una cuestión de salud pública y prevención del delito que requiere una actuación inmediata, aprovechándose estas actividades ilícitas de la falta de control policial en nuestras calles.